DECRETO LEY de 16.03.13
El
pasado día 16 de marzo el BOE, publicó el Decreto-Ley que viene a completar la
última Reforma del Sistema Público de Pensiones, que se aprobó en 2011 y cuya
mayor parte ya había entrado en vigor el pasado 1 de enero.
Este
Decreto, que ha entrado en vigor a su publicación y que en las próximas semanas
será tramitado para su ratificación en el Congreso de los Diputados, el
Gobierno ya lo ha presentado como proyecto de Ley, lo que viene es a endurecer
las condiciones por las que los
trabajadores en activo se incorporarán al Sistema de Pensiones.
Pero
tenemos que resaltar que la base fundamental de esta Reforma, la que eleva la edad de jubilación de 65 a 67 años y para
el cálculo de la pensión será 15 a 25 años, lo fue aprobado por el Gobierno del
PSOE y pactado con los llamados Agentes Sociales (CEOE, CEPYME, CCOO y UGT)
A
continuación reseñamos algunas de las principales modificaciones.
Compatibilidad entre la pensión de
jubilación y el trabajo.
Se
establece el régimen de compatibilidad de la percepción del 50% de la pensión
pública con la continuidad de la actividad laboral.
En
estos casos el trabajador cotizará a la Seguridad Social únicamente por
incapacidad temporal y por contingencias profesionales. Además contribuirán con
una cotización especial, que llaman de solidaridad y que será de un 8%.
A
esto lo llaman Envejecimiento Activo.
Modificaciones en materia de jubilaciones
anticipadas.
Los
casos de jubilaciones anticipadas por causas no imputables al trabajador cuando
perdió el puesto de trabajo.
Se
fija un tope a las pensiones, en estos casos de jubilaciones anticipadas, en el
sentido de que su importe no podrá ser superior a una reducción del 0,50% por
cada trimestre anticipado, con respecto a la pensión máxima.
Los
años mínimos exigidos para estas jubilaciones serán de 33.
La
nueva Ley se aplicara a los trabajadores cuyos acuerdos de despidos colectivos
sean anteriores al 1 de abril de 2013 y que accedan a la pensión de jubilación
después del 01/01/2019
Los
casos de jubilaciones anticipadas por voluntad del interesado.
Tener
cumplida la edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad legal de
jubilación que exista en cada momento.
Acreditar
un período mínimo de cotización de 35 años.
Modificaciones de la jubilación parcial.
Se
reduce a un máximo del 50% la reducción máxima de la jornada de trabajo de los
trabajadores acogidos a esta modalidad de jubilación.
Se
eleva a 33 años de cotización los necesarios para acogerse a la jubilación
parcial.
Subsidio por desempleo para mayores de 55
años.
Se
establecen nuevas condiciones. Que el solicitante, carezca de rentas, y que las
rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número
de sus miembros, no supere el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida
la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Aportaciones económicas de empresas con
beneficios por despidos colectivos.
Se establecen
nuevas circunstancias que podrán facilitar a las empresas eludir estas
penalizaciones en los despidos colectivos que afecten a trabajadores de
cincuenta o más años.
Factor de sostenibilidad del sistema de la
Seguridad Social.
Se
adelanta 14 años el estudio sobre la sostenibilidad del Sistema y en el plazo
de un mes, se creará una comisión de expertos a fin de que elabore un informe
sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema.
Valoración
Estos
hechos vienen a confirmar, una vez más, que CCOO y UGT, se encuentran plenamente
integrados en la sociedad capitalista, que asumen su escala de valores y que no
tienen ningún proyecto de clase, sino que simplemente aspiran a ser
intermediarios en la gestión de la explotación de la clase trabajadora.
Cuando
la actual sociedad capitalista se encuentra en una grave crisis económica, pero
además también política, ética y moral, en lugar de desarrollar una política de
clase que supere la actual explotación del hombre, por el hombre, lo que hacen
es poner a los trabajadores al servicio de sus propios explotadores.
De
especial importancia es el adelanto de la comisión de expertos, ya prevista y
aceptada por los Agentes sociales para 2027, que sin lugar a dudas nos va a
recetar importantes recortes del Sistema Público de Pensiones, dando, si no
somos capaces los trabajadores de impedirlo, un empujón definitivo al
desmantelamiento del hasta ahora Sistema Público de Pensiones.
Por
último, esta Reforma no podemos dejar de encuadrarla en la situación general,
en la que con el pretexto de la crisis, se nos quitan a los trabajadores
derechos adquiridos tras largas decenas de años de duras luchas y sacrificios.
Cuando el paro supera los 6 millones de trabajadores, y entre los jóvenes
alcanza el 55%. Cuando se recortan continuamente todo tipo de prestaciones
sociales en la educación, en la asistencia a los mayores, en la atención
sanitaria.
Cuando
en definitiva se está produciendo una muy negativa redistribución de la riqueza
en la que cada vez menos, tienen más, y los más nos tenemos que repartir menos.
Hoy
es más necesario que nunca, que los trabajadores luchemos, nos organicemos en
auténticos Sindicatos de clase, para de esta forma, superando el capitalismo
poder hacer frente a esta deriva que lleva camino de hacernos retroceder a las
condiciones de vida y trabajo del siglo XIX.
25/03/2013